
Josefina Carbonell
Una de las dudas más habituales al firmar un contrato de arrendamiento es quién paga la luz en un piso de alquiler. Aunque la respuesta general es clara, existen matices legales y contractuales que conviene conocer para evitar conflictos entre las partes. La gestión de los suministros eléctricos no solo tiene impacto económico, sino también jurídico, y está directamente relacionada con el uso efectivo de la vivienda.
El suministro eléctrico en el alquiler de vivienda
En el mercado del alquiler, el suministro eléctrico se considera un gasto corriente asociado al consumo. Esto significa que, por norma general, quien utiliza la electricidad es quien debe asumir su coste. Esta lógica se basa en el principio de uso y disfrute del inmueble: la persona que habita la vivienda controla el consumo y, por tanto, la factura.
La normativa vigente establece que, cuando el suministro está individualizado mediante contador propio, el gasto no forma parte de la renta, salvo que se pacte expresamente lo contrario en el contrato de arrendamiento.
Responsabilidad del inquilino: consumo y pago
En la mayoría de los contratos de alquiler, el inquilino es quien paga la luz. Esto incluye no solo la electricidad, sino también otros suministros básicos como agua o gas. Se trata de gastos variables que dependen del uso diario y que no pueden ser controlados por el propietario una vez entregada la vivienda.
Desde un punto de vista práctico y legal, esta responsabilidad implica que el arrendatario debe hacerse cargo de:
- El pago puntual de las facturas eléctricas.
- La gestión del contrato de suministro.
- Las consecuencias de impagos, como recargos o cortes del servicio.
Titularidad del contrato de luz: por qué es importante
Aunque no es obligatorio, lo más recomendable es que el contrato de la luz esté a nombre del inquilino. El cambio de titularidad no suele tener coste y ofrece ventajas claras para ambas partes.
Para el inquilino, supone un mayor control sobre el consumo, la tarifa y la potencia contratada. Para el propietario, evita riesgos derivados de impagos o incidencias contractuales vinculadas a un suministro que ya no utiliza.
Cuando la titularidad no se cambia, el propietario sigue figurando como responsable frente a la compañía suministradora, lo que puede generar problemas si el inquilino no paga las facturas.
Obligaciones del propietario respecto a la luz
El propietario tiene la obligación de entregar la vivienda en condiciones de habitabilidad. Esto incluye que los suministros básicos estén dados de alta y funcionando en el momento de la entrega de llaves.
En cuanto al alta inicial de la luz, el coste puede ser objeto de pacto entre las partes. En la práctica, lo habitual es que el propietario asuma el alta si la vivienda estaba previamente desconectada, aunque no existe una única fórmula válida y todo depende de lo acordado en el contrato.
Excepciones: cuando la luz está incluida en el alquiler
Existen situaciones en las que el propietario paga la luz. Esto ocurre cuando el contrato de alquiler especifica que los suministros están incluidos en la renta mensual. En estos casos, el precio del alquiler suele ser más elevado para compensar el gasto.
Este modelo es más frecuente en:
- Alquileres de corta duración.
- Habitaciones en viviendas compartidas.
- Arrendamientos con renta cerrada “todo incluido”.
Cuando la luz está incluida, es recomendable establecer límites de consumo o sistemas de regularización para evitar abusos y conflictos.
Qué dice el contrato: el elemento clave
Más allá de la norma general, el contrato de arrendamiento es el documento que define quién paga la luz. Si el contrato guarda silencio sobre los suministros, se aplica la regla general: paga quien consume. Si existe una cláusula específica, esta prevalece siempre que no contradiga la normativa básica.
Por ello, es fundamental leer detenidamente el contrato antes de firmar y asegurarse de que las condiciones sobre suministros quedan claras y por escrito.
Consejos prácticos para evitar problemas
Desde una perspectiva de utilidad social y prevención de conflictos, conviene seguir algunas recomendaciones básicas:
- Cambiar la titularidad de la luz al inicio del alquiler.
- Comprobar el estado del suministro antes de entrar a vivir.
- Dejar constancia por escrito de quién paga cada gasto.
- Guardar facturas y comprobantes de pago.
Conclusión: una regla clara con matices
En resumen, el inquilino paga la luz en un piso de alquiler porque es quien consume el servicio, salvo que el contrato establezca expresamente lo contrario. El propietario debe entregar la vivienda con los suministros operativos, pero el gasto corriente corresponde al arrendatario. Con un contrato bien redactado y una gestión responsable de la titularidad, la convivencia contractual es más clara, justa y segura para ambas partes.
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